

El Consejo de Ministros ha aprobado una reforma del Código Penal, que no cambiaba desde el año 1995. Las modificaciones que se han producido tienden hacia un endurecimiento del código, para responder a las demandas sociales, principalmente sobre delincuencia y terrorismo. Lo más significativo de la reforma es la elevación de penas, además de que podrá ser aplicable la doctrina Parot, que permite extender las condenas hasta la máxima amplitud de su cumplimiento que son 30 años. También han sido introducidas medidas postdelictivas para agresores sexuales y la imprescriptibilidad de delitos de terrorismo cuando en ellos haya muertes, pérdida de miembros corporales o exista secuestro, de tal manera que se convierte en el Código Penal más duro de la época democrática.
La vicepresidenta del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega y el ministro de Justicia, Mariano Fernández Bermejo, han presentado este nuevo código, con un mensaje claro “No habrá ningún resquicio para la impunidad”, dedicado especialmente a delincuentes sexuales y a terroristas. Esto es así porque la principal innovación es en el asunto de la “libertad vigilada”, ahora se le da el mismo tratamiento a los agresores sexuales, que a los violentos y terroristas. Para justificarlo Bermejo argumentó que la finalidad de la libertad vigilada es “una reinserción paulatina en la sociedad del que ya ha cumplido la pena de cárcel”.
La posibilidad de que José Ignacio de Juana Chaos pudiera vivir muy cerca de las víctimas de sus 25 asesinatos al salir de prisión, tras cumplir 18 años de condena o que Kándido Aspiazu, viva en el mismo edificio que la viuda de Ramón Baglietto, asesinado por él mismo, han influido sustancialmente en la reforma del Código Penal. También casos como el del violador del Vall d'Hebron. Tras la nueva pena que atañe a la libertad vigilada, el juez puede imponer que el exconvicto esté en todo momento localizable, que se presente de forma rutinaria en el lugar donde se le cite y con el periodo que se le cite. Además debe comunicar cada cambio de residencia, no puede acercarse a las víctimas o familiares de éstas y no podrá frecuentar o residir en ciertos lugares. Estas medidas pueden ser aplicables incluso diez o veinte años en delitos muy graves.
En resumen, las principales novedades que presenta el Código Penal es el endurecimiento de penas de los siguientes temas: libertad vigilada para violadores y terroristas, imprescriptibilidad de los delitos de terrorismo más graves, endurecimiento de los delitos contra la libertad sexual, asociación delictiva de carácter transitorio, piratería, trata de seres humanos, mayor pena por cohecho, se eleva la prescripción de los delitos fiscales, mayor facilidad para el decomiso de bienes procedentes de actividades delictivas, nuevos delitos contra la ordenación del territorio, medidas contra la complicidad en infracciones urbanísticas, nuevos delitos informáticos y acoso laboral.
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